En primer lugar le aparecerá un menú desplegable con los viñedos disponibles. Seleccionando uno de los viñedos mostrados, podrá visualizar el contenido de los mismos.
Una vez elegido el viñedo a comprar, podrá visualizar la ubicación exacta de sus cepas pulsando sobre el mapa activo de la viña.
Ya ha visto la ubicación de sus cepas. Ahora ya sólo tiene que completar la toma de datos para formar parte del Cal Celdoni.
Puede pagar al contado en 1, 6, 30 ó 120.
Nos comprometemos por escrito
Cal Celdoni compromete el proyecto “compre una viña” por escrito con el “Comprador de Cepas Cal Celdoni”, a través de un contrato, redactado en un lenguaje comprensible alejado de tecnicismos legales, en el que, con sencillez y con todo detalle, se identifica su contenido y se establecen las oportunas garantías de satisfacción del comprador.
Garantía porque se identifican con precisión los contenidos del proyecto.
Garantía porque el “comprador de Cepas Cal Celdoni” dispone de un plazo de siete días para revocar su adquisición.
Garantía porque en cualquier momento podrá transmitir su posición en el proyecto, incluso a título oneroso en cualquier precio.
Garantía porque la reposición de las 20 cepas compradas, en caso de pérdida de las mismas, está asegurado por Compañía de Seguros.
Garantía por la entidad de los colaboradores del proyecto.
Garantía por el volumen de las inversiones realizadas.
Garantía por ir de la mano de una empresa absolutamente solvente.
Garantía por el mas escrupuloso cumplimiento de la legalidad vigente.
Para más información, pulse sobre las formas de pago
El precio que el COMPRADOR debe atender en retribución por el contenido de las prestaciones que recibe se cifra en la cantidad de CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA EUROS (4.640,00 €), IVA incluido, mas TREINTA EUROS (30,00 €) MENSUALES durante diez años. Dichas cantidades se harán efectivas como sigue:
La referida cuota mensual de TREINTA EUROS se actualizará anualmente al alza o a la baja, en el día uno de cada mes de octubre de cada año mediante la aplicación del IPC Español de los últimos doce meses, computados para los periodos agosto a agosto.
Si el COMPRADOR optara por prorrogar la vigencia de este contrato mas allá de los diez años (120 mensualidades) inicialmente convenidos, hasta el máximo de 25 años, la cuota mensual que deberá pagar pasados los diez primeros años será la resultante de haber actualizado la cuota mensual que en esa fecha se viniere pagando en la forma que queda expuesta en el párrafo previo. En los ulteriores se actualizará de idéntica forma sobre la actualizada del año anterior.
El precio que el COMPRADOR debe atender en retribución por el contenido de las prestaciones que recibe se cifra en la cantidad de CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS EUROS (4.876,00 € ), IVA incluido, mas TREINTA EUROS MENSUALES durante diez años. Dichas cantidades se harán efectivas como sigue:
La referida cuota mensual de TREINTA EUROS se actualizará anualmente al alza o a la baja, en el día uno de cada mes de octubre de cada año mediante la aplicación del IPC Español de los últimos doce meses, computados para los periodos agosto a agosto.
Si el COMPRADOR optara por prorrogar la vigencia de este contrato mas allá de los diez años (120 mensualidades) inicialmente convenidos, hasta el máximo de 25 años, la cuota mensual que deberá pagar pasados los diez primeros años será la resultante de haber actualizado la cuota mensual que en esa fecha se viniere pagando en la forma que queda expuesta en el párrafo previo. En los ulteriores se actualizará de idéntica forma sobre la actualizada del año anterior.
El precio que el COMPRADOR debe atender en retribución por el contenido de las prestaciones que recibe se cifra en la cantidad de CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA EUROS (5.230,00 €), IVA incluido, mas TREINTA EUROS MENSUALES durante diez años. Dichas cantidades se harán efectivas como sigue:
La referida cuota mensual de TREINTA EUROS se actualizará anualmente al alza o a la baja, en el día uno de cada mes de octubre de cada año mediante la aplicación del IPC Español de los últimos doce meses, computados para los periodos agosto a agosto.
Si el COMPRADOR optara por prorrogar la vigencia de este contrato mas allá de los diez años (120 mensualidades) inicialmente convenidos, hasta el máximo de 25 años, la cuota mensual que deberá pagar pasados los diez primeros años será la resultante de haber actualizado la cuota mensual que en esa fecha se viniere pagando en la forma que queda expuesta en el párrafo previo. En los ulteriores se actualizará de idéntica forma sobre la actualizada del año anterior.
El precio que el COMPRADOR debe atender en retribución por el contenido de las prestaciones que recibe se cifra en la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA EUROS, IVA incluido, mas TREINTA EUROS MENSUALES durante diez años. Dicha cantidad se hará efectiva como sigue:
La referida cuota mensual de TREINTA EUROS se actualizará anualmente al alza o a la baja, en el día uno de cada mes de octubre de cada año mediante la aplicación del IPC Español de los últimos doce meses, computados para los periodos agosto a agosto.
Si el COMPRADOR optara por prorrogar la vigencia de este contrato mas allá de los diez años (120 mensualidades) inicialmente convenidos, hasta el máximo de 25 años, la cuota mensual que deberá pagar pasados los diez primeros años será la resultante de haber actualizado la cuota mensual de 30,00 € ( actualizada) que en esa fecha se viniere pagando en la forma que queda expuesta en el párrafo previo. En los ulteriores se actualizará de idéntica forma sobre la actualizada del año anterior.
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